DERECHO DE FAMILIA: la convivencia, el matrimonio, la paternidad, la discapacidad absoluta o relativa y la muerte desencadenan consecuencias en el mundo jurídico.
–Partición en vida del patrimonio y elaboración de testamentos: si su deseo es adjudicar sus bienes en vida el Derecho le permite hacerlo respetando las pautas estipuladas en favor de su pareja y de sus legítimos herederos. O puede logarlo por la vía testamentaria para que su voluntad se cumpla después de su fallecimiento.
–Capitulaciones: el matrimonio produce la unión de patrimonios de los cónyuges dando vida a la sociedad conyugal salvo que, previamente, los futuros contrayentes determinen qué bienes le pertenecerán a cada uno exclusivamente y cuáles harán parte de la sociedad.
–Declaración de unión marital de hecho: bien sea por mutuo acuerdo o como conclusión de un proceso judicial se puede lograr la formalización de la convivencia bajo un mismo techo siempre que se reúnan los demás requisitos legales para el efecto.
–Disolución y liquidación de sociedades conyugales y de sociedades patrimoniales: cuando un matrimonio o una unión marital de hecho terminan debe definirse lo que pasará con los bienes de la pareja.
–Designación de apoyos para la toma de decisiones: antes denominada Declaración de interdicción: Ante situaciones que alteren la capacidad para la toma de decisiones o la celebración de negocios, se deben adelantar ciertos trámites de acompañamiento de los afectados para que éstos puedan participar directamente en la escogencia de la opción que les parezca más conveniente a sus deseos e intereses.
–Divorcios: Le acompañamos en esta difícil etapa que cobija no solamente la cesación de los efectos civiles del matrimonio sino la regulación de la obligación alimentaria con los hijos y aún con el cónyuge no culpable.